La licitación de vivienda pública se eleva a 696 millones, la cifra más alta desde 2010
El volumen total de licitación para el sector de la edificación pública se elevó a 5.570 millones de euros el año pasado, un 17,7% menos que en 2019.
La licitación de vivienda pública se dispara. El volumen de vivienda pública licitado el año pasado ascendió a 696,4 millones de euros, un 37,7% más que un año antes y la cifra más elevada desde 2010, según los datos de la Asociación de Empresas Constructoras y Concesionarias de Infraestructuras (Seopan). Según los datos recogidos anualmente por la entidad, el volumen de licitación de viviendas por parte de las administraciones ha tenido una evolución muy similar al mercado residencial en España. Así, creció con mucha fuerza hasta el año 2008 y empezó a caer suavemente hasta 2011, cuando el descenso se acentuó. La recuperación empezó a llegar de forma suave en 2017, aunque en el último ejercicio parece que se ha acelerado a pesar de la crisis sanitaria y la incertidumbre atraviesa el mercado.
La licitación de viviendas por parte de las administraciones ha tenido una evolución muy similar al conjunto del inmobiliario desde los años de la burbujaEn el caso de la edificación no residencial, el volumen de licitación pública fue de 5.053 millones de euros en 2020, un 22% menos que un año antes. En este apartado, las obras para equipamientos sociales (docentes, sanitarios y deportivos, principalmente) descendieron un 6,2%, mientras que el volumen de licitaciones para otros equipamientos (administrativos, industriales y terminales) se redujo un 38,4%.
En conjunto, el volumen total de licitación para el sector de la edificación se elevó a 5.750 millones de euros el año pasado, un 17,7% menos que en 2019. La edificación supone el 40,7% de las licitaciones públicas, mientras que el restante 59,3% corresponde a la obra civil. De esta manera, el total de licitación pública en obra civil (transportes, hidráulicas, medioambiental y urbanización) fue de 8.364 millones de euros en 2020, un 26,1% menos. Finalmente, el total de licitación pública en España el año pasado fue de 14.114 millones de euros, un 22,9% menos que el ejercicio anterior.
https://ivac.es/wp-content/uploads/2021/02/ens.-Informe-12-2020-CP-cast.pdf
https://cbim.mitma.es
Como ya sabemos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, Ley de Contratos), para concertar cualquier prestación de servicios o entregas de bienes con la Administración debe seguirse un procedimiento de licitación pública; sin embargo, en el sector público existen determinadas necesidades de productos y servicios de menor entidad y que no estén destinados a cubrir necesidades repetitivas y recurrentes, para las cuales no se requiere poner en marcha un complejo procedimiento de licitación: nos referimos, pues, a los contratos menores.
Tabla de Contenidos
Qué tipo de contratos se consideran menores
Requisitos, límites y procedimiento para formalizar contratos menores con la Administración
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Qué tipo de contratos se consideran menores
Con carácter general, se consideran contratos menores en la nueva Ley de Contratos aquellos contratos de obra cuya cuantía no supere los 40.000 euros o los 15.000 euros en el caso de suministros o servicios.
Existe una importante excepción en relación con estos últimos, y es que se considerarán igualmente como contratos menores aquellos suministros o prestación de servicios que estén relacionados con ciencia e innovación por valor inferior a 50.000 euros.
Llegados a este punto, conviene aclarar que siempre que hablamos de importe o cuantía, no estamos refiriendo, en todo caso, al valor estimado del contrato, que es el precio del contrato excluido IVA.
Para su adjudicación, el artículo 118 de la Ley de Contratos introdujo una novedosa regulación de los expedientes de contratación de los contratos menores; pues, si bien en estos supuestos no se tramita una licitación o concurso para su adjudicación, se requiere la tramitación de un expediente administrativo en el que justifiquen las necesidades que la Administración pretende satisfacer con el contrato y que, mediante la contratación, no se está fraccionando el contrato para eludir la tramitación de una licitación. Se entiende que existe fraccionamiento irregular cuando se utiliza esta figura para cubrir necesidades recurrentes similares, reiteradas y previsibles con independencia del periodo en que se realicen o cuando se divide en varios contratos una prestación cuyo objeto deba considerarse unitario.
Requisitos, límites y procedimiento para formalizar contratos menores con la Administración
Según la Ley de Contratos, la Administración podrá adjudicar el contrato a cualquier contratista que tenga la habilitación profesional necesaria para realizar su objeto, con independencia de si el adjudicatario hubiera celebrado otro contrato menor con la Administración en el último año, desapareciendo este límite al contrato menor que se recogía en la regulación anterior a la actual Ley de Contratos.
Sin entrar en la discusión doctrinal sobre la aplicación a todo el sector público de las instrucciones que dicta la ORIESCON[1] y la vinculación del nuevo trámite que introdujo en la tramitación de los contratos menores de solicitar, al menos tres ofertas o presupuestos, lo cierto es que, la petición de más ofertas a otros interesados, garantiza una contracción más eficiente, toda vez que se dota de mayor publicidad y concurrencia la concertación de este tipo de contratos. Salvo para aquellos casos que, por la naturaleza o especificidad del contrato, no se puedan solicitar más ofertas y así se justifique en el correspondiente expediente.
En todo caso, el expediente deberá incluir un informe del órgano de contratación que explique detalladamente la necesidad de la obra o servicio que se desea contratar, con la única excepción de que el importe del contrato sea inferior a 5.000 euros y el medio de pago que se emplee para su abono sea el sistema de anticipo de caja fija.
Además, deberá incluirse en el expediente de contratación la aprobación del gasto por parte del órgano de contratación, e incorporar la factura que se reciba por parte del contratista una vez finalizada la ejecución del contrato.
Por último, hay que señalar que la Administración trimestralmente deberá dar publicidad de todos los contratos menores celebrados de importe superior a 5.000 euros no abonados mediante anticipo de caja fija, con indicación de su objeto, su duración, el importe (IVA incluido) y adjudicatario.
Como podemos comprobar, la agilidad, simplicidad, rapidez y sencillez de tramitación de los contratos menores hacen que la Administración recurra al mismo de manera frecuente, incluso en ocasiones en las que no se cumplen los requisitos o para evitar recurrir a un procedimiento de licitación.
Por tanto, conviene estar asesorado por especialistas en materia de contratación pública para evitar que, con la formalización de un contrato menor, se incurra en infracciones que puedan dar lugar a la nulidad del expediente o que ello acarree sanciones, limitaciones o prohibiciones de contratar con el sector público.
https://www.tcu.es/repositorio/bb6a8a5e-2e7f-4245-beb1-eb76b0ba1e01/I1418.pdf
https://contractacio.gencat.cat/ca/contacte/tccsp/resolucions-tccsp/2021/index.html#googtrans(ca|es)
Fomento usará el fondo europeo para reformar 480.000 inmuebles hasta 2023
Los edificios son responsables del 40% del consumo energético y del 36% de la contaminación con gases de efecto invernadero. La Comisión Europea ha fijado como una de sus prioridades la rehabilitación energética de edificios. Y el Gobierno quiere aprovechar los fondos de la Unión Europea para potenciar este capítulo. La vicepresidenta económica, Nadia Calviño, puso este jueves cifras al programa que prepara el Ejecutivo y que calificó de “masivo”: 5.300 millones de euros. Será un plan de rehabilitación y regeneración urbana a tres años con el objetivo de hacer más eficientes energéticamente 480.000 viviendas.
El proyecto se financiará exclusivamente con los 70.000 millones de fondos europeos, lo lidera el Ministerio de Transportes, participa el de Energía y colaboran comunidades y Ayuntamientos. Las autonomías tienen la competencia y los municipios intervienen en el desarrollo de los planes. Según explica el departamento de José Luis Ábalos, la primera pata consiste en la renovación de vivienda o edificios en la manera tradicional: una comunidad de propietarios pide la ayuda y a continuación se procede con la obra.
La segunda pata se basa en la renovación de barrios completos. Este programa se orquesta consensuándolo con la comunidad y el Ayuntamiento, y también comprende la rehabilitación de los espacios comunes. Además, dentro de este bloque habrá actuaciones específicas para ciudades de menos de 5.000 habitantes con el fin de ayudar a la España despoblada. El ministerio subraya que el objetivo de estas iniciativas es principalmente la eficiencia energética, pero también mejorar la accesibilidad y la cohesión social.
Y una tercera pata es la rehabilitación de edificios públicos del Estado, las comunidades y Ayuntamientos, con una especial atención a los inmuebles sanitarios y educativos. También se reserva una partida menor para la llamada Agenda Urbana, que básicamente se resume en ayudas a las corporaciones locales para que diseñen sus planes de urbanismo y con ellos den respuesta a problemas de habitabilidad, vivienda social, accesibilidad, movilidad o eficiencia energética.
En los Presupuestos ya hay una anualidad de estas partidas, y el desglose a tres años es: 2.400 millones para vivienda y barrios; 500 millones para ciudades de menos de 5.000 habitantes pensando en el reto demográfico; 1.080 millones para edificios de comunidades y Ayuntamientos; 1.000 para edificios de la Administración del Estado; 20 para que las entidades locales diseñen sus planes de acción de la Agenda Urbana, y 300 de una convocatoria que ya ha sacado el Instituto para la Diversificación Energética.
En la actualidad se rehabilitan unas 30.000 viviendas al año. El plan supondría multiplicar la cifra por cinco hasta 2023. Y según cálculos del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, se podrían crear unos 400.000 puestos de trabajo. A diferencia de otras inversiones, la rehabilitación de vivienda es muy intensa en creación de empleo y puede servir como estímulo para tirar de la economía con rapidez.
Calviño mencionó esta cifra en el Spain Investors Day, un foro organizado por Estudio de Comunicación con la colaboración de BNP Paribas y el patrocinio, entre otros, de PRISA, grupo editor de EL PAÍS. Ante más de 200 inversores internacionales, la vicepresidenta hizo una cerrada defensa de la recuperación española, vaticinando que la economía crecerá este año un 7% y que ese guarismo puede aumentar en función del uso de los fondos europeos.
Calviño explicó que aún quedan semanas y meses de dificultades. Pero que esa previsión se hizo con unas hipótesis que se están confirmando: ya hay vacunas que traen cierto optimismo sobre la segunda mitad del año; las tensiones geopolíticas se están reduciendo tras las elecciones de EE UU y el acuerdo del Brexit; la UE avanza con rapidez para liberar las ayudas, y el fuerte rebote de la economía en el tercer trimestre a pesar de la segunda ola confirma que las medidas tomadas, principalmente ICO y ERTE, han logrado evitar daños permanentes. Y anticipó que todo ello debería permitir una fuerte recuperación en el segundo semestre.
Calviño se congratuló de que los ERTE hayan evitado las masivas destrucciones de empleo de otras recesiones. Y adelantó que será un instrumento permanente. Entre las prioridades, citó la obligación de seguir controlando la pandemia hasta que haya la suficiente población inmunizada. Recordó la necesidad de ejecutar con celeridad los fondos europeos. Y avanzó a los inversores que se preparan importantes reformas, la laboral y la de pensiones, cuyo éxito se asegurará negociando con patronal y sindicatos
Fuente: EL PAIS